La respuesta, como regla general, es que sí. Todos podemos elegir al notario que queramos. Pero existen algunas excepciones que te contamos a continuación.

Por motivos geográficos:

  • Cuando la operación se realice fuera de la notaría. Hay casos en los que el notario tiene que ir al hospital, a una casa o en la propia calle, para dar fe de algo. Podremos elegir al notario correspondiente, entre los de la localidad donde se encuentre ese lugar al que debe acudir.
  • Cuando una persona fallece sin testamento. Los familiares, o las personas que se consideren sus herederos, tendrán que ir a un notario, que podrán elegir libremente, siempre y cuando sea uno de los de la localidad en donde la persona que falleció tenía su última residencia o que el notario lo fuese de un distrito colindante.
  • Cuando nos casamos, divorciamos o separamos legalmente. En estos casos y en términos generales, podremos elegir a uno de los notarios del último domicilio común de la pareja o del lugar de residencia habitual de cualquiera de ellos.

 

Cuando hay más de una parte implicada en la escritura:

  • Podrá elegir al notario que quiera la parte que deba pagar los honorarios notariales más elevados.
  • La excepción al caso anterior, sería que podrá elegir al notario la parte que, aun pagando la cantidad menor, sea la parte consumidora de los servicios notariales o la parte compradora.

 

Con toda esta información, esperamos que puedas elegir al notario que mejor te convenga, según el caso, y, si tienes dudas, ya sabes que puedes acudir a cualquier notario de España para que te aconseje y asesore de manera gratuita siempre.