Desde julio de 2015, se pueden celebrar matrimonios ante Notario. Sin embargo, los trámites previos a la boda, se deberán realizar por los futuros contrayentes en el Registro Civil de residencia de alguno de ellos.
Los documentos necesarios para abrir el expediente previo en el Registro Civil que corresponda son los siguientes:
- Documento nacional de identidad, pasaporte o N.I.E en vigor.
- Certificado literal de nacimiento, expedido hace menos de un año por el Registro Civil del lugar de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento en el lugar de residencia durante los dos últimos años (caduca a los tres meses desde que se expide); o certificado del Consulado, si se ha residido en el extranjero.
Desde el Registro Civil les expedirán el testimonio judicial del Auto firme de aprobación del expediente matrimonial.
Una vez que hayan elegido al Notario y hayan acudido al Registro Civil competente a solicitar la apertura del expediente de matrimonio, pueden pedir cita en la Notaría para concretar el día de la boda.
En el supuesto en el que la boda se celebre en otro término municipal distinto al del Registro Civil en el que se haya abierto el expediente de matrimonio, el Registro competente deberá trasladar el mismo al Registro del municipio donde se celebre la boda, para que se inscriba el matrimonio en este último.
Para la firma de la escritura de celebración de matrimonio el día de la boda, que puede ser, tanto en la propia Notaría, como fuera de ella (en el lugar de celebración que los futuros contrayentes deseen), deberán asistir los dos contrayentes y dos testigos mayores de edad. En la Notaría necesitaremos los documentos de identidad de los cuatro comparecientes y el auto judicial solicitado en el Registro Civil previamente.
Si la boda se va a celebrar fuera de Sevilla capital, deberán comunicárnoslo con suficiente antelación, para que nuestro Notario pueda solicitar la correspondiente autorización de los Notarios residentes en dicho municipio.
Por último, destacar que en nuestra Notaría les podemos casar cualquier día de la semana, lo único que tienen que hacer es llamar por teléfono al 954.21.83.04 y solicitar una cita.
Además, les daremos más detalles sobre el presupuesto y resolveremos las dudas que les surjan sobre las capitulaciones matrimoniales y el cambio de régimen del matrimonio, de gananciales a separación de bienes, antes (máximo un año antes) y después de la celebración de la boda.